Mayor multa a Televisa y Megacable
si continúa práctica monopólica: IFT
*Podría haber una multa más alta, incluso a infracciones del orden penal porque la conducta es muy grave.
Si Televisa y Megacable no dejan de realizar las prácticas monopólicas que detectó el Ifetel, ambas empresas se harán acreedoras a multas más altas a las que ya impuso el órgano regulador, e incluso a infracciones del orden penal, aseguró la integrante del Pleno del Instituto, Adriana Labardini.
Enfatizó que “si estas empresas no suprimen la práctica por la que fueron sancionadas, entonces se harán acreedoras a una multa más alta, incluso a infracciones del orden penal porque la conducta es muy grave”, sostuvo.
La funcionaria subrayó que si bien la multa impuesta a Televisa y Megacable es muestra de la fortaleza de atribuciones que posee el instituto, el objetivo es provocar que los jugadores en el mercado de la radiodifusión tengan una competencia real.
“En el instituto queremos que los jugadores en los mercados de telecomunicaciones y radiodifusión se peleen por los usuarios, que compiten realmente y que luchen entre sí por dar el mejor servicio y el precio más atractivo”, expresó.
Este lunes, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFTl) impuso una sanción por ocho millones 733 mil 746 pesos a Cablevisión -filial de Grupo Televisa- y otra a Grupo Megacable por 33 millones 576 mil 102 pesos por realizar prácticas monopólicas absolutas.
Esta conducta, señaló el IFT, consiste en ponerse de acuerdo para dividirse los mercados de producción, distribución y comercialización de servicios de telefonía fija, televisión restringida y acceso a internet a consumidores finales en el estado de México.
Asimismo, ordenó a estas empresas la supresión de la práctica monopólica acreditada y presentar un mecanismo con plazos que lo garantice, el cual deberá someter a la aprobación del instituto en un plazo no mayor a 30 días naturales siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de la resolución.
“De no presentarse dicho mecanismo en los plazos fijados, las empresas serán acreedoras a una multa como medida de apremio y será el Ifetel quien determine los términos y condiciones que deberán cumplir los concesionarios para suprimir la práctica monopólica sancionada”, estableció el Ifetel.
Labardini confió que más que la imposición de una multa, lo que realmente motive a las empresas a modificar su actuación sea la conciencia de que los usuarios ya saben que incurrieron en prácticas que no están a favor de la competencia.
Con relación al cumplimiento de las resoluciones que debe emitir el Ifetel antes del 10 de marzo, la comisionada reiteró que el órgano regulador va en tiempo y cumplirá con todo lo que le mandata la Constitución.
“En ningún momento la Constitución nos obligó a esperarnos a la ley secundaria, de otra manera no se hubiera puesto el plazo de 180 días, contamos con una legislación actual y la Constitución dio bastantes parámetros, los cuales estamos siguiente de manera puntual”, indicó.
Pie de foto: Ambas empresas deben desechar prácticas monopólicas.
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Deberá TV de paga retransmitir
señales de televisión abierta: IFT
El pleno del IFT aprobó mediante un acuerdo, en sesión extraordinaria del pasado 21 de febrero, los lineamientos generales para la retransmisión de las señales de televisión abierta en los sistemas de televisión restringida.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) publicó en su página de Internet los lineamientos generales sobre “must offer” y “must carry”, los cuales también serán difundidos en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación.
De acuerdo con un comunicado, el pleno del IFT aprobó mediante un acuerdo, en sesión extraordinaria del pasado 21 de febrero, los lineamientos generales para la retransmisión de las señales de televisión abierta en los sistemas de televisión restringida.
Con ese acuerdo, el organismo estableció que los concesionarios de televisión de paga tienen la obligación de realizar la retransmisión de las señales de televisión abierta en la misma zona de cobertura geográfica, sin necesidad de contar con manifestación de voluntad por parte del concesionario de televisión radiodifundida.
Indica además que los concesionarios de televisión restringida terrenal están obligados a retransmitir la señal de televisión abierta sólo dentro de la misma zona de cobertura geográfica, de manera gratuita, simultánea, íntegra, incluyendo publicidad y sin modificaciones.
Mientras que para los concesionarios de televisión restringida satelital aplica la misma obligación, con la excepción de que sólo deben retransmitir obligatoriamente las señales abiertas que tengan 50 por ciento más de cobertura del territorio nacional, es decir, canales 2 y 5 de Televisa, 7 y 13 de TV Azteca.
Asimismo, la resolución establece que los concesionarios de televisión abierta o restringida que hayan sido declarados con poder sustancial en cualquiera de los mercados de telecomunicaciones no tendrán derecho a la regla de gratuidad.
En tanto que tampoco tendrán derecho a retransmitir la señal de televisión abierta de manera gratuita quienes hayan sido declarados agentes económicos preponderantes, lo cual no debe impactarse como costo adicional en los servicios contratados por los suscriptores.
De igual forma, los concesionarios de televisión restringida deberán retransmitir todas las señales de las instituciones públicas federales de manera gratuita, como son las de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) y el Instituto Politécnico Nacional (IPN), entre otras.
Finalmente menciona que los lineamientos aprobados, los cuales se pueden consultar en la página oficial del Ifetel, establecen que será el propio organismo el que resolverá cualquier controversia con motivo de la aplicación de las disposiciones antes mencionadas.
Pie de Foto : Obligatorio que TV de paga retransmita TV abierta
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Breves
1.- Concurso mercantil de Mexicana sigue
pese a orden contra Azcárraga: STPS
El secretario del Trabajo, Alfonso Navarrete Prida, detalló que al aprobarse la formación de un fideicomiso con la Base de Mantenimiento MRO, se podrá garantizar fondos para que se apliquen en beneficio de los trabajadores, sea cual fuere la resolución de la jueza.
Señaló que la orden de aprehensión girada por un juez federal contra Gastón Azcárraga, ex presidente del Consejo de Administración de Mexicana de Aviación, en nada altera el concurso mercantil al que está sometida la aerolínea desde 2010.
Ese proceso “es un factor mínimo de justicia en torno a lo que ha ocurrido y si hubo alguien que cometió algún (acto) ilícito, pues que enfrente a la ley con derecho de presunción de inocencia, que se dilucide si hubo o no un manejo fraudulento o en este caso que se tipifique el delito de lavado de dinero”, externó.
Durante una entrevista sostuvo que sea cual sea la determinación de la jueza Edith Encarnación Alarcón Meixueiro, encargada del concurso mercantil, el gobierno de la República apoyará a los trabajadores y hará todo lo necesario para que el caso se resuelva de forma adecuada.
Navarrete Prida confirmó que se reunirá con los dirigentes de la Asociación Sindical de Pilotos Aviadores, Carlos Manuel Díaz Chávez Morineau, y de la Asociación Sindical de Sobrecargos de Aviación, Ricardo del Valle, para analizar la situación de los trabajadores de esa aerolínea y su futuro posible.
El titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social detalló que al aprobarse la formación de un fideicomiso con la Base de Mantenimiento MRO, se podrá garantizar fondos para que se apliquen en beneficio de los trabajadores, sea cual fuere la resolución de la jueza.
En otro tema dijo que en el recuento por la titularidad del contrato colectivo de trabajo en la Mina El Coronel, de Grupo Frisco, la alianza entre el Sindicato Nacional Minero “Napoleón Gómez Sada” y la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos no logró derrotar al gremio dirigido por Napoleón Gómez Urrutia.
2.- Piden industriales independientes
endurecer iniciativa de Competencia
La Asociación Nacional de Industriales Independientes (ANEI) exhortó al Legislativo discutir y aprobar la iniciativa de la nueva Ley de Competencia Económica, “ y si la van a enmendar”, que sea para endurecer las medidas de combate a prácticas anticompetitivas y hacer su aplicación más efectiva y rápida”.
Dijo que de tener éxito dicha legislación “inmediatamente después de su aplicación deberíamos observar reducciones de precios importantes” y considera que hay tres puntos débiles de la iniciativa presentada la semana pasada por el Ejecutivo a la Cámara de Diputados.
Sin embargo, el organismo considera que hay tres puntos débiles de la iniciativa presentada la semana pasada por el Ejecutivo a la Cámara de Diputados.
En primera instancia, estima que debería ser más clara en cuanto a la penalizaciones a los involucrados en prácticas anticompetitivas.
En su opinión, el Ejecutivo debería además mostrar voluntad al establecer códigos de conducta en el establecimiento de precios y condiciones de suministro de las empresas paraestatales.
Además de obligarse a suministrar esos insumos con suficiencia y a precios y condiciones competitivos internacionales y a no mezclar la política de ingresos del Estado con los precios de esos insumos.
3.- Reanuda Pemex exportaciones a
Japón tras más de una década
Petróleos Mexicanos (Pemex) informó que este martes zarpó del puerto de Salina Cruz, Oaxaca, el buque tanque DHT Trader con un millón de barriles de crudo ligero Istmo con rumbo a Japón, con lo que reanuda las ventas de crudo al país asiático después de 11 años.
La paraestatal expone en su cuenta de Twitter que este cargamento de petróleo forma parte de su estrategia de diversificación de mercados de exportación.
Desde el pasado 10 de enero, Pemex reinició sus exportaciones de crudo desde esa terminal marítima, la cual fue rehabilitada para este fin.
Ello se suma a las acciones iniciadas también por PMI Comercio Internacional, filial de la empresa petrolera, que en enero pasado comenzó con la exportación de crudo Olmeca a Europa para diversificar y reforzar la participación del crudo mexicano en el mercado internacional.
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Categorías:Política
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