Reporte de operaciones IMMEX 2019

Rebeca Marín

Las personas morales con programa IMMEX tienen la obligación de realizar anualmente ventas al exterior por un valor superior a 500,000 dólares o su equivalente en moneda nacional, o facturar exportaciones, cuando menos por el 10 % de su facturación total; montos o porcentajes que deben mantener para seguir operando a su amparo.

La manera de corroborar su cumplimiento es con el “Reporte anual de operaciones de comercio exterior” que presentan a la Secretaría de Economía, a través de la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior (VUCEM) –www.ventanillaunica.gob.mx–, a más tardar el último día hábil del mes de mayo.

Si con la información declarada el sistema de la VUCEM verifica que se incumple con los compromisos de exportación, se generará un inicio de procedimiento de cancelación del programa IMMEX.

Lo anterior no debe perderse de vista por los titulares IMMEX, quienes deben exhibir el “Reporte de operaciones de comercio exterior” de 2019, a más tardar el 29 de mayo de 2020.



Categorías:Nacional

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