El primer amparo contra la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) fue otorgado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y sólo beneficiará a seis empresas que se les deberá aplica el estatuto que estaba vigente antes de la reforma de 9 de marzo de 2021.
Se concedió la protección de la justicia a las empresas La Bufa Wind, Compañía de Energía Mexicana, Eléctrica Del Valle de México, Fuerza Eólica del Istmo, Eólica de Coahuila y Eóliatec de Istmo.
El que presentó el proyecto fue Alberto Pérez Dayán y Luis María Aguilar lo apoyó. Mientras que Yasmín Esquivel Mossa y Lenia Batres Guarradama se pronunciaron en contra.
“Voy en contra del proyecto porque consideró que debió haber seguido el procedimiento tasado en el artículo 60 de la Ley de Amparo sobre la recusación. También porque debió haber seguido un procedimiento que prevé la Ley Orgánica, respecto de hacer válido el voto de calidad del presidente de la Sala y tercero porque consideró que este tema ya fue discutido en una anterior acción de inconstitucionalidad”, expresó Lenia Batres durante su intervención.
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