Martín Aguilar
La legislación reconoce a los animales como seres sintientes (capaces de experimentar dolor, estrés y bienestar) y los protege mediante las siguientes normativas, ya que prohíbe el maltrato animal
Durante el programa, Del Pasado al Futuro, conducido por Rosalía Buaun, tuvo como invitado al Magistrado de la Segunda Sala Familiar del Poder Judicial, Dr. Ernesto Herrera Tovar
Herrera Tovar señaló que todos los animales sensibles tienen derechos básicos a la vida y al bienestar, incluyendo la capacidad de realizar actividades voluntarias y el acceso a relaciones sociales beneficiosas. Otros derechos surgen de las relaciones especiales entre humanos y animales, las cuales también tienen relevancia política
Aclaró que los animales son reconocidos legalmente como seres sintientes. Esto significa que, además de protección contra el maltrato, tienen derecho a la consideración moral, al bienestar y a una vida digna, lo que incluye las llamadas 5 libertades universales
Porque han dejado de ser considerados "bienes muebles" (cosas) en legislaciones avanzadas como la de la Ciudad de México, para ser reconocidos formalmente como seres sintientes sujetos de trato, ya que su Su protección está amparada a nivel nacional por la Ley General de Vida Silvestre, la Ley Federal de Sanidad Animal y la Ley General del Equilibrio Ecológico.
En el caso de las 32 entidades federativas cuentan con Leyes de Protección o Bienestar Animal que detallan obligaciones de los dueños, como proporcionarles agua, alimento, refugio y atención veterinaria.
El magistrado afirmó que la crueldad, el maltrato y el abandono son delitos tipificados en los Códigos Penales de los estados mexicanos. Esto se castiga con cárcel y multas, agravándose si el maltrato pone en peligro la vida del animal
Es importante mencionar que no es una nueva ley, sino que se modificó la Ley de Protección a los Animales, que se publicó en 2002 en el entonces Distrito Federal. A partir de 2012 se estableció como delito el maltrato y la crueldad animal.
Herrera Tovar aseguró que entre los beneficios de esta ley está proteger los cinco dominios del bienestar animal: nutrición, entorno, salud, comportamiento y estado mental, añadió Ramírez Sánchez, también miembro de la Asociación Latinoamericana de Derecho Animal, con sede en Brasil.
Nutrición: El animal no sólo debe estar libre de hambre y de sed, sino también estar nutrido. Es decir, se tienen que atender sus características individuales para que su desarrollo sea adecuado. «No se trata sólo de llenar la pancita para que ya no tenga hambre, también se le deben brindar los nutrientes necesarios».
Entorno: El tutor debe permitir que el animal de compañía pueda llevar a cabo las conductas relacionadas con su especie, tomando en cuenta su entorno.
Salud: Implica esquemas de revisiones con el médico veterinario y recibir atención en caso de ser necesario, y las especialidades que se necesiten de acuerdo con la especie.
Comportamiento: Permitir que el animal realice las conductas relacionadas con las características de su especie, acordes a su entorno. Por ejemplo, «llevar al animal de compañía a todos lados vestido con disfraces, zapatos, lentes, gorrita, no es bueno porque altera su comportamiento». Por eso, no sólo se deben ver los intereses de los humanos, sino las necesidades de los seres vivos de compañía.
Estado mental: Se relaciona con la experiencia afectiva, es adecuado si todos los anteriores están bien de forma independiente y entre sí.
Agregó que, el bienestar animal no es algo que los seres humanos les brindemos, sino algo que ellos ya tienen y nos toca conservarlo», enfatizó la académica universitaria.
No se trata de que sólo viven por vivir, sino que sus características se desarrollen de acuerdo con su especie. Por ejemplo, Charles Darwin planteó que cada especie tiene una situación adaptativa. Así, no es lo mismo los perros que se encuentran en Toluca que los que viven en Guerrero porque las condiciones climáticas son distintas.
Por eso, es importante considerar y atender a cada animal con los cinco dominios relacionados con su sobrevivencia.
Ya que en esta Ley se presentan algunas novedades. Por ejemplo, que en los puestos gubernamentales las personas encargadas de estas áreas tengan una carrera relacionada con los animales, como medicina veterinaria, biología, etología, etcétera.
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