Martín Aguilar
Los juzgados y jueces de ejecución de sanciones penales tienen como función principal vigilar que las penas y medidas de seguridad se cumplan conforme a la sentencia y a la ley, garantizando los derechos humanos de las personas privadas de la libertad.
Durante la trasmisión de la Voz Judicial conducido por Rosalía Buaun y Lino Calderón, tuvieron como invitada a Dafne Liriel Rosales Montes de oca, Jueza en materia penal para el Sistema Acusatorio en Ejecución de Sanciones Penales en el Reclusorio Sur del TSJCDMX
Rosales Montes de oca señaló que los juzgados de ejecución penal se encargan de supervisar que las sentencias y medidas de seguridad se cumplan exactamente como lo ordenó el juez, garantizando los derechos de las personas privadas de la libertad
También vigilan que la ejecución de la sentencia se ajuste a la ley y respeten la resolución judicial firme, como se lo conoce control de penas al igual protegen los derechos fundamentales de los internos dentro de los centros de reclusión.
a jueza dijo que otra de las funciones de los jueces de ejecución de sanciones penales son que supervisan las condiciones de reclusión y el plan de actividades de todas las personas privadas de la libertad, no solo de los sentenciados y deciden en audiencia sobre el otorgamiento o revocación de beneficios preliberacionales, libertad condicional y sanciones no privativas de la libertad
Responden también a las solicitudes y consultas emitidas por la autoridad penitenciaria y coordinan y supervisan procesos de justicia restaurativa para facilitar la reinserción de la persona y la recomposición del tejido, igualmente les restituyen los derechos de la persona sentenciada una vez que concluye la pena, o bien en casos de indulto o reconocimiento de inocencia.
La magistrada afirmó que el artículo 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal de México regula la sustitución de la pena privativa de la libertad, el cual el Juez de Ejecución puede cambiar la pena de prisión por otra medida no privativa de la libertad bajo supuestos específicos como en el caso de la protección de hijas e hijos de la persona privada de la libertad (si son menores de 12 años o tienen una discapacidad que les impide valerse por sí mismos) y el sentenciado es su cuidador único o principal.
Comentó que la etapa de ejecución penal inicia cuando la sentencia condenatoria causa ejecutoria (es firme) y concluye cuando la pena o medida de seguridad se extingue por completo. En el sistema de justicia penal, esta fase es de carácter jurisdiccional autónomo y está a cargo de un Juez de Ejecución, como son: la remisión y recepción de la sentencia, radicación y apertura de la carpeta de ejecución, cómputo de la pena y abono de tiempo, implementación del plan de actividades, vigilancia de los derechos y resolución de controversias, solicitud de beneficios y salidas anticipadas y la extinción de la pena, entre otras.
Asveró que el artículo 19 de la Ley de sanciones penales define la Custodia Penitenciaria como una atribución de la Autoridad Penitenciaria encargada de mantener la seguridad, el orden y la tranquilidad en los centros penitenciarios, salvaguardar la integridad de las personas, hacer cumplir la normativa interna y dar cumplimiento a las resoluciones judiciales sobre la pena privativa de la libertad.
Dijo que el tiempo que tarda en salir o resolverse una ejecución de sentencia varía entre 3 y 12 meses en procesos sencillos, pero puede extenderse a más de 1 o 2 años si hay oposición de la parte condenada o bienes complejos de embargar o subastar.
Aunque antes de que se dicte o inicie la ejecución forzosa, deben cumplirse ciertos plazos legales según el tipo de materia.
Agregó que en el sistema penal acusatorio por el Código Nacional de Procedimientos Penales, el procedimiento ordinario se divide principalmente en 3 etapas grandes, las cuales a su vez se integran por fases específica
Cuando se habla de desglose detallado en 5 fases clave o momentos fundamentales, estas suelen estructurarse en la investigación inicial, investigación complementaria, etapa intermedia (o de preparación del juicio, juicio oral y sentencia y ejecución.
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