SCJN avala ley que privilegia a investigadores de universidades públicas sobre privadas

Martín Aguilar

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio un revés a la oposición legislativa y avaló la Ley General en Materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, que establece condiciones distintas para que investigadores de universidades públicas y privadas accedan a recursos del Estado.

Al resolver las acciones de inconstitucionalidad 126/2023 y 128/2023, el Pleno declaró infundados los argumentos contra la norma y mantuvo vigentes las disposiciones que priorizan los estímulos económicos para integrantes del Sistema Nacional de Investigadoras e Investigadores (SNII) adscritos a instituciones públicas, además de fijar requisitos para que académicos de universidades privadas reciban esos recursos.

La resolución también valida las reglas para otorgar becas de posgrado, entre ellas la prioridad para programas que no cobran colegiaturas, así como otras disposiciones sobre el financiamiento de proyectos científicos.

La ley no impide que los académicos de universidades privadas formen parte del SNII ni elimina en todos los casos la posibilidad de recibir apoyos públicos. Sin embargo, sí establece condiciones diferentes para acceder a los estímulos económicos.

Entre las reglas validadas está que las instituciones privadas asuman el pago de los estímulos de su personal mediante convenios, salvo los supuestos previstos en la ley para actividades de colaboración sustantiva con instituciones públicas o proyectos de interés nacional.

En las becas de posgrado, la norma también prioriza programas que no cobran colegiaturas ni cuotas equivalentes. En la práctica, estas disposiciones condicionan el acceso a recursos públicos y trasladan parte de la responsabilidad financiera a las instituciones privadas.

El debate enfrenta dos criterios: por un lado, la prioridad del Estado para destinar el presupuesto a instituciones públicas; por otro, el argumento de que investigadores con méritos científicos equivalentes pueden recibir un trato desigual por el tipo de universidad en la que trabajan.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf fue la única que se pronunció por la inconstitucionalidad de la distinción entre investigadores de instituciones públicas y privadas, frente al criterio mayoritario que respaldó la ley.

La controversia gira en torno al principio de igualdad: si el acceso a los estímulos debe depender principalmente de los méritos y aportaciones científicas o si el Estado puede establecer condiciones diferenciadas de financiamiento según la institución de adscripción.

Además de las reglas sobre estímulos y becas, la Corte rechazó los argumentos que buscaban invalidar el procedimiento legislativo de 2023. Con la resolución, la ley mantiene su vigencia y continúan aplicándose las condiciones que establece para la distribución de recursos públicos destinados a la ciencia y los estudios de posgrado.



Categorías:Nacional

Deja una respuesta

Descubre más desde EL LIBERAL METROPOLITANO

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo