Rebeca Marín
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó congelar las sentencias de los amparos contra la reforma del 16 de julio de 2025 que hizo obligatoria la CURP biométrica, con datos como huellas dactilares y fotografía, y permitió cruzar información de distintas bases de datos para facilitar la búsqueda de personas desaparecidas. La decisión se tomó ante la existencia de 145 asuntos judiciales relacionados con la reforma.
Mediante el Acuerdo General 13/2026-AAG, aprobado en sesión privada del Pleno y publicado este jueves en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el máximo tribunal ordenó a los tribunales colegiados de circuito y a los plenos regionales del país aplazar sus fallos sobre la constitucionalidad de la reforma hasta que la propia Corte establezca un criterio.
El acuerdo señala que, al 30 de septiembre, había 138 amparos en revisión pendientes de resolución en tribunales federales, además de siete radicados ante la SCJN, identificados con los expedientes 297/2026, 347/2026, 366/2026, 382/2026, 385/2026, 402/2026 y 409/2026.
La reforma, impulsada por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo y publicada el 16 de julio de 2025, modificó la Ley General de Población y la legislación en materia de desaparición de personas. Entre sus principales cambios están la implementación de la CURP biométrica, la creación de la Plataforma Única de Identidad y la integración de información al Registro Nacional de Población, así como nuevos mecanismos para consultar, compartir y verificar datos personales.
Colectivos de personas buscadoras y otros grupos sociales protestaron sobre dicha medida, al acusar que se realizó no para buscar sino espiar desde el gobierno federal.
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