Cdmx, octubre 10 de 2022.
Pedro Moreno
Este lunes y a través de un comunicado, la Secretaría de Salud dió a conocer una actualización de las medidas para prevenir la propagación del COVID-19.
En el documento, se indica que el uso del cubrebocas no es obligatorio en espacios cerrados donde exista la sana distancia de 1.5 metros entre persona y persona.
Así mismo, se recomienda que en aquellos lugares donde no se cumpla esta condición, se continúe con el uso del cubrebocas.
De acuerdo a las nuevas indicaciones, el uso de cubrebocas también puede ser eliminado en los gimnasios, ya que la Secretaría de Salud considera que puede omitirse el empleo de mascarillas si se realiza “trabajo físico intenso”.
Además, en dicho documento se estipula que aquellas personas que aún no se vacunan contra el virus SARS-CoV-2 o que tienen algún padecimiento inmunodepresor deben seguir utilizando esta protección.
Igualmente, la Secretaria de Salud manifestó que se recomienda ponerse mascarillas en lugares de trabajo que estén mal ventilados o que sean compartidos con otras y otros compañeros.
De la misma manera, la dependencia subrayó que debe mantenerse el uso de cubrebocas N95 o su equivalente, en espacios de trabajo donde exista una muy alta exposición a fuentes conocidas o sospechosas de COVID-19; por ejemplo en espacios como Hospitales o Centros de Salud.
La Institución tambien detalló que, por ahora, el cubrebocas debe seguir siendo usado cuando las personas se trasladen a sus centros de trabajo, en caso de hacerlo en el transporte público, tales como el Metro o Metrobús, los microbuses y los autobuses.
Sobre el ámbito laboral, la SS puntualizó que ningún empleador puede exigir a sus trabajadores una prueba de COVID para que ingresen a sus oficinas y/o a los lugares donde laboran.
En el comunicado también se establece:
“Las empresas deben contar con una política de protección a las personas trabajadoras para evitar que se condicione el retorno al trabajo por medio de pruebas financiadas por el trabajador”.
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